La figura del Delegado de Protección de Datos (DPD) o Data Protection Officer (DPO) es una de las figuras clave del RGPD y constituye un garante de cumplimiento de la normativa en las empresas.
El DPD deberá contar con conocimientos especializados en derecho sobre protección de datos y actuar de forma independiente dentro de la entidad.
¿Cuándo es necesario nombrar a un Delegadode Protección de Datos (DPD-DPO)?
El RGPD establece los casos en que es necesario nombrar un DPD:
1
Autoridades u organismos públicos.
2
Cuando la actividad del responsable requiera una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala.
3
Cuando la actividad del responsable consista en el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos.
Además, la LOPDGDD amplia supuestos y añade, como obligados al nombramiento de esta figura, a colegios profesionales, centros escolares, entidades financieras de crédito, compañías aseguradoras, distribuidoras de energía eléctrica y gas, centros sanitarios, empresas de seguridad privada, entre otros supuestos.
¿Qué funciones realiza el Delegado de Protección de Datos (DPD-DPO)?
Como funciones del Delegado de Protección de Datos se encuentran:
Informar y asesorar al responsable o encargado de tratamiento y a los empleados que se ocupen del tratamiento sobre sus obligaciones en materia de protección de datos.
Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el RGPD y demás normativa sobre protección de datos.
Asignación de responsabilidades, concienciación y formación del personal autorizado al tratamiento de los datos de la entidad.
Realización de auditorías de control.
Asesorar respecto a la realización de la evaluación de impacto.
Cooperar con la autoridad de control y ser el punto de contacto entre esta y la entidad.
Proporcionar soporte en la gestión de las brechas de seguridad.
Atender a los interesados que se pongan en contacto con el DPD.
Servicio DPD PymeLegal
En el equipo de PymeLegal contamos con Delegados de Protección de Datos certificados
según el Esquema de Certificación de la AEPD y ENAC y ofrecemos dos modalidades de servicio:
Soporte al DPD interno
La empresa nombra a un DPD (personal interno) al que le ofrecemos nuestro soporte legal y técnico para llevar a cabo sus funciones.
PymeLegal como DPD (externalización del servicio)
Nos designamos ante la AEPD como los DPD oficiales de la empresa y gestionamos de forma integral las funciones de esta figura así como los protocolos establecidos.
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RESPONSABLE TRATAMIENTO: PYMELEGAL, S.L.
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1. Responder a las consultas y/o proporcionar informaciones requeridas por el Usuario.
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