¿El jefe puede revisar mi email?


Con la reciente reforma del Código Penal que afecta a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, se están implantando políticas de Compliance que obligan al empresario a prevenir riesgos penales incluyendo el control sobre les procesos que llevan a cabo los empleados.

En este sentido, se deben revisar aspectos como el uso del email o el acceso a internet por parte del empleado abriendo de nuevo el eterno debate en torno a la pregunta: ¿puede un empresario acceder al correo electrónico del empleado?

Si nos planteamos la situación en que una fábrica puede facilitar ropa de trabajo y una taquilla al empleado  para desempeñar su tarea y nos preguntamos ¿de quién es la ropa? ¿y la taquilla? No tendremos dudas: de la empresa. Pero ¿y el acceso a dicha taquilla y su contenido? Aquí  el Estatuto de los Trabajadores es prudente y establece la posibilidad de acceder a dicha taquilla cuando sea necesario para la protección del patrimonio empresarial y respetando al máximo la dignidad y la intimidad del trabajador.

Si trasladamos esto al correo electrónico, la empresa proporciona al empleado una dirección de mail, que normalmente se personaliza con su nombre y apellidos, y éste se hace cargo de la misma para desempeñar su trabajo, pero muchas veces se convierte en una herramienta de comunicación con el exterior para fines personales.

Ante esta situación, muchas empresas, sin una política de uso del correo electrónico bien definida, se encuentran con problemas prácticos a menudo, por el hecho de tener que acceder al correo electrónico de un trabajador (ausencia, enfermedad, etc.) sabiendo que pueden encontrar en dichos buzones correos personales con información sensible.  La empresa, en la mayoría de casos, tiene una necesidad de acceder al correo por motivos empresariales pero colisiona con el derecho fundamental a la intimidad del trabajador jurídicamente hablando.

Por todo ello, es importantísimo que todas las empresas, del tamaño que sean, dispongan de una política de uso del correo electrónico y de Internet y que hagan entrega de la misma a todos los empleados.  En algunas compañías este documento va adjunto al contrato de trabajo. En este manual de uso, la empresa podrá decidir que restricciones tomar respecto al uso del correo siempre respetando el derecho a la intimidad, y el trabajador, sabrá desde el primer día cuales son las “reglas del juego”. 

Informar previamente es clave.