La Agencia Española de Protección de Datos ha publicado un espacio en su página web con consejos prácticos para ayudar a los ciudadanos a evitar la recepción de publicidad no deseada incluyendo tanto llamadas telefónicas como correos electrónicos.
Durante el 2016 la AEPD inició 282 expedientes por spam y 414 por publicidad realizada mediante otros medios y estas materias se encuentran entre las cinco áreas en las que se declaran un mayor número de infracciones de la normativa de protección de datos.
Coincidiendo con esta nueva sección en la web de la AEPD y dada la incomodidad que generan este tipo de acciones para los ciudadanos aquí os dejamos un resumen de la medidas que se pueden llevar a cabo para evitarlas.
1) Inscribirse en la lista Robinson.
– Puedes restringir la publicidad no deseada inscribiendo tus datos de forma gratuita y voluntaria en un fichero de exclusión publicitaria. Actualmente sólo existe el fichero denominado Lista Robinson, que está gestionado por la Asociación Española de Economía Digital (ADIGITAL).
– La Lista Robinson debe ser consultada por quienes vayan a realizar una campaña publicitaria para excluir de la misma a las personas inscritas. Sin embargo, pese a que te hayas inscrito en la Lista Robinson, los comerciantes pueden remitirte publicidad de sus productos o servicios si eres cliente o si les has dado tu consentimiento.
– Al inscribirte en la Lista Robinson puedes elegir el medio o canal de comunicación a través del cual no deseas recibir publicidad (correo postal, llamadas telefónicas, correo electrónico u otro medio).
– Debes tener en cuenta que la inscripción en la Lista Robinson es eficaz a partir del tercer mes desde la fecha en que registres tus datos, por lo que es posible que en dicho plazo sigas recibiendo alguna comunicación comercial. Puedes inscribirte en este enlace.
2) Utiliza las fórmulas que te ofrecen las empresas para que no sigan utilizando tus datos con fines publicitarios.
– Algunas empresas ofrecen sistemas para que puedas rechazar el uso de tus datos con fines publicitarios, como el consistente en marcar una casilla que prevea expresamente tu rechazo o aceptación.
– Si recibes publicidad a través del correo electrónico o a través de medios electrónicos equivalentes (spam), como los mensajes SMS o de WhatsApp, debes tener en cuenta que te pueden enviar publicidad por estos medios si existe una relación contractual previa, siempre que tus datos de contacto se hayan obtenido de forma lícita y se trate de publicidad de productos o servicios similares a los que tienes contratados. Ahora bien, deberán ofrecerte la posibilidad de oponerte a recibir publicidad a través de un medio sencillo y gratuito, tanto en el momento de recogida de los datos como en cada una de las comunicaciones que te dirijan.
3) Evita dar tu consentimiento para que te envíen publicidad cuando participas en un concurso o te beneficias de ofertas o promociones.
– En muchas ocasiones cuando participamos en un concurso o aprovechamos ofertas o descuentos nos solicitan el consentimiento para enviarnos publicidad. Si no deseamos recibirla, hay que estar atento para evitar dar nuestro consentimiento y no aceptar sin más todos los términos del concurso, oferta o promoción.
– También hay que prestar atención cuando navegamos por internet, ya que es probable que al registrarnos en algunas páginas web nos soliciten el consentimiento para el envío de publicidad.
– A partir del 25 de mayo de 2018, fecha en la que empezará a aplicarse el Reglamento Europeo de Protección de Datos, todos los consentimientos deberán darse mediante un acto afirmativo claro que refleje nuestra voluntad de aceptar ese tratamiento de datos. Por tanto, no podrán obtener nuestro consentimiento si nos envían una comunicación indicándonos que si no contestamos habremos consentido. Y tampoco serán válidos los consentimientos obtenidos por este procedimiento antes de la fecha indicada.
4) Si ya has dado tu consentimiento, puedes retirarlo.
– Si diste tu consentimiento para que utilizaran tus datos con fines publicitarios y no deseas seguir recibiendo publicidad, puedes retirar el consentimiento prestado en cualquier momento y a través de un medio sencillo, como puede ser la llamada a un teléfono gratuito o a los servicios de atención al público que el responsable del fichero o tratamiento hubiera establecido.
– Si no conoces dónde puedes dirigirte para retirar tu consentimiento y esta información no está contenida en el documento a través del cual prestaste dicho consentimiento o no dispones del mismo, puedes solicitar la información al responsable que esté tratando tus datos con fines publicitarios o consultar la información que este ofrece en su página web sobre protección de datos.
5) Ejerce tu derecho de oposición.
– Si no deseas que una determinada empresa trate tus datos con fines publicitarios, puedes ejercer tu derecho de oposición ante ese responsable para que te excluya de las campañas publicitarias que realice.
– En estos casos, los responsables pueden incluir tus datos en un fichero que tendrá como finalidad evitar que recibas publicidad.
– No hay que confundir este derecho con la posibilidad de retirar el consentimiento para el tratamiento de los datos con finalidad publicitaria.
– Hay que recordar que tus datos pueden ser tratados con fines publicitarios aunque no hayas prestado tu consentimiento, como ocurre con la publicidad electrónica. Te pueden enviar publicidad por medios electrónicos si existe una relación contractual previa, siempre que tus datos de contacto se hayan obtenido de forma lícita y se trate de publicidad de productos o servicios similares a los que hayas contratado. Ahora bien, deberán ofrecerte la posibilidad de oponerte a recibir publicidad mediante una forma sencilla y gratuita, tanto en el momento de recogida de los datos como en cada una de las comunicaciones que te dirijan.
– También pueden tratar tus datos con fines publicitarios sobre la base de otro fundamento que no sea el consentimiento, como en el caso de que exista un interés legítimo.
– El derecho de oposición es una buena solución para evitar la publicidad de una entidad concreta de la que, por la insistencia y frecuencia de sus propuestas comerciales o por cualquier otra circunstancia, no quieres recibir sus ofertas comerciales.
– Para más información sobre este derecho o sobre su ejercicio puedes consultar la Guía para el Ciudadano o visitar el Canal del Ciudadano de la web de la AEPD (sección derecho de oposición).
6) Ejerce tu derecho de cancelación.
– Si no deseas que la entidad que te envía publicidad tenga tus datos personales, puedes ejercer tu derecho de cancelación.
– Si eres cliente de la entidad que te envía publicidad es preferible que ejerzas el derecho de oposición o retires el consentimiento prestado para que no continúe tratando tus datos con fines publicitarios, ya que la finalidad última del derecho de cancelación es la supresión de los datos de los ficheros de la entidad.
– Para más información sobre este derecho o sobre su ejercicio puedes consultar la Guía para el Ciudadano o visitar el Canal del Ciudadano de la web de la AEPD (sección derecho de cancelación).
7) Solicita que tus datos no aparezcan en las guías telefónicas.
– Tienes derecho a no figurar en las guías telefónicas. Para ello, puedes dirigirte a la operadora con la que tienes contratado el servicio telefónico y comunicarle que no deseas que tus datos personales sean publicados en las guías de abonados.
– Tus datos serán retirados de la versión online de las guías telefónicas y de aquellas que se editen en papel o en algún otro soporte físico, en la siguiente edición.
– Si prefieres figurar en guías telefónicas pero no recibir publicidad, puedes solicitar a tu operador que tus datos no sean utilizados con fines publicitarios.
– Para más información sobre este derecho o sobre su ejercicio puedes visitar el Canal del Ciudadano de la web de la AEPD en la sección derecho de exclusión de guías telefónicas.
8) ¿Donde puedo reclamar en caso de acoso telefónico?
– Si después de ejercer tus derechos o poner en práctica las sugerencias indicadas en los puntos anteriores continúas recibiendo publicidad no deseada, puedes presentar una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos para que tutele tu derecho o presentar una denuncia.
– Puedes presentar una reclamación cuando el responsable al que te hayas dirigido no haya contestado tu solicitud o se haya negado a gestionarla, o cuando recibas publicidad diez días hábiles después de que haya recibido tu solicitud. Puedes obtener aquí más información sobre cómo presentar una reclamación en la Agencia o si deseas puedes presentar una reclamación en la Sede Electrónica.
– Si optas por presentar una denuncia ante la Agencia es necesario que aportes determinada información que sólo tú estás en disposición de proporcionar y sin la cual no resulta posible que esta Agencia esclarezca las circunstancias en las que se realizó el envío de la publicidad.
– En los supuestos de acoso telefónico puedes acudir a los Órganos de Consumo de las distintas Administraciones Públicas y presentar una reclamación en materia de consumo. Conviene tener presente que realizar propuestas no deseadas y reiteradas por teléfono, fax, correo electrónico u otros medios de comunicación a distancia constituye una infracción en materia de consumo, salvo en las circunstancias y en la medida en que esté justificado legalmente para hacer cumplir una obligación contractual. Este tipo de prácticas se consideran agresivas por acoso y son desleales con los consumidores.