Marcas: conceptos básicos


Esta semana y las próximas queremos hablaros sobre las Marcas y de cómo nos permiten distinguir los productos y/o servicios dando un derecho de uso en exclusiva a sus titulares.  

Si nos remontamos unos cuantos días atrás, comentamos los cambios normativos de la ley española para la adaptación a la Directiva Europea UE 2015/2436 de aproximación de las legislaciones de los estados miembros en materia de marcas. 

Ahora, queremos hacer hincapié en los términos básicos sobre propiedad industrial, en especial sobre las marcas y nombres comerciales, para disipar cualquier tipo de duda al respecto.

¿Qué es una marca y qué la diferencia del nombre comercial?

Una marca es cualquier signo distintivo que permite diferenciar los productos y/o servicios de su titular frente a los productos y/o servicios de sus competidores. En cambio, el nombre comercial es la denominación que identifica a una empresa en el tráfico mercantil y que sirve para distinguirla de las demás empresas que desarrollan actividades idénticas o similares

Por poner un ejemplo: Marca sería Zara, Massimo Dutti, Pull and Bear o Bershka, y el nombre comercial Inditex.

Y, ¿cuál es la diferencia entre marca, denominación o razón social?

La marca, como hemos dicho, es el signo que distingue un producto o servicio de un empresario; La denominación o razón social, por su parte, es el nombre que identifica al empresario en el tráfico jurídico como sujeto de relaciones jurídicas.
(Siguiendo con el ejemplo anterior: la razón social de dichas marcas es Inditex, S.A.). 

Y ¿Qué diferencia hay entre marca y nombre de dominio?

El nombre de dominio es la dirección de internet.
Éste puede entrar en conflicto con una marca a la hora de registrarlo, pero puede obtenerse igualmente protección a través de los Tribunales o de la OMPI, mediante su sistema de arbitraje habilitado al efecto. 
El registro de nombres de dominio será objeto de desarrollo en otro post, ahora, como primera aproximación deciros que, para el registro de nombres de dominio de nivel bajo (.com, .org y .net) no hay ninguna comprobación previa, puede registrarlo  cualquier persona y éste será su titular. En este caso, se cumpliría la máxima latina “Prior in tempore, potior in iure”, es decir, el primero que registra tiene el derecho sobre dicho registro. Dicho registro se realiza ante  la ICANN. 

En el caso de los nombres de segundo nivel bajo (.es) se asignan según criterio de prioridad temporal. Estos si se comprueban y no podrán ser objeto de solicitud aquellos que hayan sido ya asignados con anterioridad, y deben cumplir normas sintácticas. Se lleva a cabo a través de dominios

Y los nombre de tercer nivel bajo (.com.es, .nom.es, .org.es, .gov.es y .edu.es) también se asignaran respecto al criterio de temporalidad de la solicitud.  
Hoy en día hay nuevas extensiones que además de estar menos saturadas de registros, reflejan la identidad de la web, como “. viajes», «.futbol» o «.madrid», etc. ¡Hay cientos de ellas!

Y para finalizar, ¿Qué diferencia una marca y un diseño industrial?

La marca distingue productos o servicios, y el diseño industrial es un derecho de exclusiva que se otorga sobre la apariencia estética de un producto y que tiene requisitos distintos a la marca. También hablaremos en otro post sobre esta tipología de propiedad industrial.
A modo de ejemplo,  un diseño industrial podría ser la carrocería de un coche.  

¿Puedo registrar mi marca? ¿Qué me va a costar? 

El Derecho de Propiedad Industrial se adquiere por el Registro de la marca. Existe un procedimiento de registro que requiere saber los requisitos necesarios para obtenerla, su coste, la duración de la protección, si ya existe una marca o nombre comercial registrado previamente y que distinga productos o actividades idénticos o similares. Todas estas dudas te las resolveremos en el próximo boletín.

Para cualquier aclaración el equipo de PymeLegal está a vuestra disposición.