Pagar para rechazar cookies ¿es legal?


Últimamente te habrás dado cuenta de que en muchas páginas web están incorporando un pago para rechazar las cookies. Y quizás te has preguntado si esto es legal o si puedes realizarlo en la página web de tu empresa.

Sobre todo, es algo que estamos viendo en muchas páginas web de periódicos o revistas. Pero… ¿a qué viene este cambio?

Nueva Política de Cookies

El 11 de julio de 2023, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) actualizó la normativa de la Política de Cookies con su nueva Guía sobre el uso de cookies y puso como fecha límite para cumplirlo el pasado 11 de enero.

La AEPD ha seguido las directrices del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) que defendía que el consentimiento debe darse libremente a la hora de entrar en una página web y acceder a su contenido, y que el usuario no se encuentre forzado a aceptar el uso de cookies para poder ver este contenido.

En esta actualización la AEPD obligaba a tener visible una opción de “rechazar” en el banner de las cookies a todas las páginas web que utilizasen cookies analíticas o publicitarias. Es decir, que actualmente tu página web debe tener tres botones igual de visibles: aceptar, rechazar y configurar las cookies.

No está permitido que el botón de “rechazar” no permita el acceso al sitio web, por eso la AEPD dejaba abierta la opción de hacerlo de otra forma. En el apartado 3.2.10 de la guía de la AEPD no descartaban que esta opción de “rechazar” tuviese que ser necesariamente gratuita. Y es justamente a esta frase a la que se han acogido la mayoría de las empresas, ya que así cumplen los requisitos de acceso a la web ofreciendo otra alternativa a la de aceptación al usuario.

De esta forma, si no quieres aceptar las cookies para que te permitan ver el contenido de la página web y le das al botón de “rechazar”, deberás suscribirte a un pago mensual o un pago único para evitar el rastreo.

El objetivo de esto es preservar la privacidad del usuario mientras se siguen obteniendo beneficios como en el caso de que sí aceptasen las cookies analíticas y publicitarias.

¿Qué opinión tenemos desde PymeLegal?

Desde PymeLegal no creemos que esta opción sea ética, aunque la AEPD la acepte como legal, ya que el usuario no da el consentimiento de forma libre, sino de forma forzosa y manipulada para evitar el pago. Una muestra de ello es que más de un 95% de los usuarios está dando su consentimiento y aceptando las cookies porque prefieren eso que tener que pagar o no poder ver el contenido.

Por eso enviamos una consulta a la AEPD y la Agencia nos contestó lo que especificaba en su guía, confirmando que entraba dentro de lo legal y sin darnos más detalles.

Nos surgen preguntas como… ¿Es real que si pagas la suscripción dejan de recoger y rastrear los datos del usuario? Lo iremos viendo a medida que pasen los meses.

Mientras tanto esperaremos a que las autoridades de control europeas saquen sus conclusiones y nos confirmen que esta recogida del consentimiento a través de un pago es legal y si cumple o no con el RGPD.

Os tendremos informados si hay más novedades al respecto.

El equipo de PymeLegal