Pandemia y geolocalización


El pasado 28 de marzo se aprobó la Orden SND/297/2020 de 27 de marzo que encomienda a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA) un análisis del estudio de movilidad de los españoles, denominado DataCOVID. Dicho estudio analizará la ubicación de 40 millones de usuarios (proporcionados por los operadores), facilitando datos de geolocalización de los ciudadanos.

Contexto legislativo

El Gobierno declaró, el pasado 14 de marzo, el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo). Mediante Real Decreto se contemplan una serie de medidas dirigidas a proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.

Adicionalmente, la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, en su art. tercero dispone que, con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible.

¿Con qué finalidad se realizará este estudio?

Este estudio evaluará la movilidad y ubicación de los españoles, vinculándolo a la crisis sanitaria actual. La SEDIA, siguiendo el modelo emprendido por el Instituto Nacional de Estadística (INE), cruzará los datos de esta entidad y los facilitados por los operadores móviles.

La finalidad del estudio es realizar el análisis de las medidas de movilidad de las personas en los días previos al confinamiento y durante este para contribuir a una mejor toma de decisiones en la gestión de la emergencia sanitaria y valorar la eficiencia y eficacia de los servicios sanitarios. Es decir, que se podrá conocer si hay áreas con una mayor aglomeración o afluencia, zonas con alta concentración de población en relación con su capacidad sanitaria y si aumentan o disminuyen los desplazamientos entre territorios.

¿Qué datos personales usará el estudio?

Los datos que se van a tratar son de geolocalización. El estudio emplea datos proporcionados directamente por los operadores eliminando cualquier información personal. El estudio no rastrea movimientos individuales, sino de posicionamiento de los dispositivos móviles. El Comité Europeo de Protección de Datos recoge la necesidad de la anonimización del procesamiento de datos de ubicación de los usuarios por parte de los operadores telefónicos, por tanto, dichos datos aportados al estudio DataCOVID, serán anónimos y agregados, sin identificar ni realizar seguimientos de números de teléfono o titulares de forma individual.

¿Qué contexto normativo ampara el uso de nuestros datos de geolocalización?

A parte de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública que hemos mencionado, la otra gran normativa que entra en juego es la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales. En el punto 2 de la Disposición Adicional Decimoséptima se indica que “Las autoridades sanitarias e instituciones públicas con competencias en vigilancia de la salud pública podrán llevar a cabo estudios científicos sin el consentimiento de los afectados en situaciones de excepcional relevancia y gravedad para la salud pública”.

Por los argumentos expuestos, la situación actual permite que se ejecuten medidas que ayuden a mejorar la eficiencia de los servicios sanitarios y a mejorar la atención de los ciudadanos. Una de estas medidas es efectuar el estudio de movilidad; si bien es cierto que la normativa no puede ser obstáculo para la efectiva aplicación del estado de alarma (y las medidas que conlleva), también es cierto que el tratamiento masivo de esta tipología de datos en este estudio deberá cumplir con todas las garantías establecidas en la normativa de protección de datos, pues la protección de nuestros datos es un derecho fundamental que no debe ser menospreciado.

Unificación de apps a nivel Europeo

Por último, cabe destacar que el supervisor europeo en protección de datos ha pedido la creación de una app para monitorizar el COVID-19 a nivel Europeo dada la variedad de enfoques que le están dando los diferentes países miembros; en España, por ejemplo, entre la app estatal y las de cada comunidad autónoma, tenemos al menos sietes aplicativos distintos en marcha.

Como siempre, estamos a vuestra disposición.

El equipo de PymeLegal, más que nunca a vuestro lado.

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