Protección de datos en bares y restaurantes


Algunos clientes del sector de la restauración nos preguntan a menudo porque tienen que cumplir con la LOPD, si ellos no tratan datos de carácter personal. Nada más lejos de la realidad. Hoy os vamos a poner unos ejemplos del porque un negocio de este ámbito (bares, restaurantes, discotecas, etc.) tiene la obligación de adaptarse a la normativa en materia de Protección de Datos.

Estos serían los casos más habituales:

– Disponer de un TPV para el cobro con tarjeta.
– Tener trabajadores.
– Gestionar la contabilidad interna con alguna aplicación de gestión o en papel. – Posibilidad de emitir facturas a clientes.
– Tener videocámaras instaladas en el local.
– Gestionar redes sociales del negocio (facebook, twitter, etc.)

Son ejemplos, aplicables a la gran mayoría de negocios de este sector, que a pesar de tratar datos de nivel básico, obligarán al empresario a llevar a cabo las siguientes medidas sino quiere incurrir en el incumplimiento de la normativa:

– Notificar los ficheros correspondientes a la Agencia de Protección de Datos (clientes, proveedores, trabajadores, video vigilancia, etc.)
– Disponer de un documento de seguridad, anexos y protocolos obligatorios
– Aplicar las medidas informáticas que establece el reglamento (RD1720 / 2007)
– Disponer de los avisos legales que correspondan (facturas, web, cartel vídeo, etc.)
– Firmar compromisos de confidencialidad con terceras empresas que nos presten servicios como: gestoría / asesoría, empresa limpieza, informáticos, etc.
– Firmar acuerdos de confidencialidad con cada uno de los empleados e informarles sobre la normativa en materia de LOPD.

Si además, como es frecuente en este ámbito, se hacen fotografías de algún evento donde aparezcan personas, deberemos tener en cuenta lo que explicábamos en nuestro anterior artículo:

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